sábado, 15 de enero de 2011

Las Funciones de la Auxiliar de Enfermería en la Unidad de Reabilitación

• Art. 83 del Estatuto:

Las funciones de las Auxiliares de Enfermería en la Unidad de Rehabilitación serán: 


  1.  El aseo y limpieza de los pacientes.
  2. La limpieza y ordenación del material utilizado en la Unidad, bajo la supervisión del Personal Auxiliar Sanitario Titulado.
  3. Ayudar a dicho personal en la colocación o fijación del paciente en el lugar especial de su tratamiento.
  4. Controlar las posturas estáticas de los enfermos, con supervisión del Personal Auxiliar Sanitario Titulado.
  5. Desvestir y vestir a los pacientes cuando lo requiera su tratamiento.
  6. En general, todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.


Comentarios a la terminología utilizada en el Estatuto: 
  • Cuando en el Estatuto se habla de Personal Auxiliar Sanitario Titulado, en la actualidad se debe entender que se refiere a A.T.S. / Enfermero-a / D.U.E.
  • Los denominados Servicios de Enfermería hacen referencia a Unidades de Hospitalización.
  • Los términos Instituciones Sanitarias Cerradas e Instituciones Sanitarias Abiertas, en la actualidad ambos en desuso, corresponden a Hospitales y Ambulatorios, respectivamente.

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